DESPUÉS DEL CONCILIO VATICANO II
Como consecuencia del Vaticano II se han introducido cambios importantes en la liturgia y el calendario universal. Estos cambios han afectado también a los calendarios propios de las congregaciones religiosas. Las fiestas del año litúrgico debían dar relieve a las fiestas del Señor y a los misterios de la salvación: "Oriéntese el espíritu de los fieles, sobre todo, a las fiestas del Señor, en las cuales se celebran los misterios de la salvación durante el curso del año" [11]. En lugar de un calendario u ordo oblato, la Congregación publica cada año, desde 1973, un folleto con la lista de las seis fiestas que le son propias [12]: el aniversario de la fundación en 1816 (25 de enero); el aniversario de la aprobación de las Constituciones por León XII en 1826 (17 de febrero); la fiesta de San Eugenio de Mazenod (21 de mayo); la del beato José Gérard (29 de mayo); la conmemoración de todos los oblatos difuntos (3 de noviembre); la solemnidad de la Inmaculada Concepción de María, titular y patrona principal de la Congregación (8 de diciembre).
Un anexo menciona también el aniversario de la muerte de los otros oblatos cuya causa de canonización ha sido introducida: P. José Cebula (28 de abril); P. C. Domingo Albini (20 de mayo); Mons. Vidal Grandin (3 de junio); H. Antonio Kowalczyk (10 de julio); Mons. Ovidio Charlebois (20 de noviembre). Además una nota indica l
a fiesta del santo patrono del superior general actual, así como el aniversario de la canonización de Eugenio de Mazenod (3-12-1995).
Oramos así…alienta explícitamente la celebración de las fiestas oblatas tradicionales. En la 2ª parte de ese manual hallamos una lista de 15 fiestas o circunstancias a lo largo del año que nuestras comunidades son invitadas a conmemorar. Cada una es objeto de una nota tomada de la vida del fundador o de un pasaje de sus escritos o bien de una cita de las C y R de 1982. En el n. 15 se recomienda distinguir con oraciones comunitarias especiales las fiestas de los Apóstoles "nuestros primeros padres" [13], igual que las de algunos sacerdotes y misioneros-predicadores. Se sugiere, además, que las Provincias y las Regiones añadan nombres de santos cuya devoción tiene cierto relieve en sus iglesias particulares.
Edward CAROLAN
[11] SC, 108.
[12] Ese calendario fue aprobado por la Congreg. para los sacramentos y el culto divino, en reo de 26-10-1975; aprobación confirmada por un decreto de dicha Congregación el 30-12-1975.
[13] C y R de 1818, 1ª parte, c. l, § 3 [ C y R de 1982, p. 12].