1. Eugenio de Mazenod y los hermanos
  2. La integración de los hermanos en la misión de la Congregación
  3. La formación
  4. Ampliación de la función apostólica – Misioneros
  5. Otras innovaciones a raíz del Vaticano II – La oblación
  6. El hábito
  7. El gobierno
  8. El diaconado permanente
  9. Conclusión

Cuando la fundación de los Misioneros de Provenza estaba todavía en el estadio de su concepción, parece que la introducción de los hermanos haya formado parte de los planes que san Eugenio de Mazenod iba preparando poco a poco. El 28 de octubre de 1814 anotaba su decepción al perder al hermano Mauro, su compañero y doméstico, con quien había contado para la formación de su casa de misioneros. Pedro Martín Bardeau, el hermano Mauro, un antiguo hermano camaldulense cuyo monasterio había suprimido Napoleón en 1811, volvió a Aix con Eugenio de Mazenod en 1812 y decidió más tarde entrar en los trapenses. Fue en la época en que Eugenio tomó la decisión de fundar su sociedad cuando el hermano Mauro dejó Aix, el 18 de setiembre de 1815, por el monasterio de Port-du-Salut, donde murió el 12 de abril de 1848.

Eugenio de Mazenod fundó una comunidad de misioneros, es decir, de sacerdotes que predicaran misiones y se dieran a los otros ministerios sacerdotales. Parece, con todo, que ya desde el principio entraba en sus intenciones tener miembros no clérigos o hermanos. Esto no era entonces una novedad. No hacía más que seguir el ejemplo de otros institutos misioneros como, por ejemplo, los Lazaristas (Congregación de la Misión), los Redentoristas, etc.

En el prólogo de las primeras Constituciones (1818) había previsto un capítulo sobre los hermanos y dejaba en su manuscrito dos páginas en blanco a ese efecto. Ningún hermano había entrado aún en la comunidad, y las Constituciones de Alfonso de Ligorio, que Eugenio de Mazenod había tomado como modelo, no contenían párrafos sobre los hermanos. Esa laguna se colmaría en las revisiones posteriores de nuestras Constituciones.

En las Constituciones aprobadas por León XII en 1826, el artículo más importante sobre los hermanos es el primero de la sección que les concierne:

“La Sociedad consiente en recibir en su seno a hombres de buena voluntad que, careciendo de los conocimientos necesarios para ser misioneros y renunciando a adquirirlos, quieran sin embargo trabajar eficazmente por su propia salvación bajo la dirección de las santas reglas del Instituto, dedicándose a los oficios reservados en las órdenes religiosas a los llamados hermanos conversos” (C y R de 1826, 3ª parte, cap. 2, 4, en Etudes Oblates (1943) p. [64] ).

Se puede captar, en este artículo, la naturaleza de la vocación de los hermanos. Para comprenderla, sin embargo, es preciso recordar que el nombre “misionero”, tanto en el uso popular como en los documentos de la Iglesia del tiempo, solo se aplicaba a los sacerdotes. Esto explica por qué las Constituciones y Reglas de los Oblatos guardaron hasta 1966 el uso, que remonta a Eugenio de Mazenod, de emplear el término “misionero” para designar a los sacerdotes del Instituto. Solo a partir del Vaticano II se dará oficialmente el título de misionero a fieles que no son clérigos.

Apenas es necesario subrayar que las primeras Constituciones fueron redactadas mucho antes de que la educación universal se volviera un hecho común y que el artículo 8 de la sección sobre los hermanos no implicaba nada inusual cuando daba por sentado que algunos candidatos para hermanos no sabían leer o escribir.

Si los hermanos no eran “misioneros” en el sentido estricto de la palabra, eran no obstante Oblatos, ya que eran religiosos.Aunque la palabra “oblato” no formaba parte en 1818 del nombre del Instituto, Eugenio de Mazenod eligió el término “oblación” para designar la emisión de los votos en la primera redacción de las Constituciones. Todos los miembros eran, pues, Oblatos. En la práctica, con todo, el nombre de misioneros se daba a los sacerdotes, el de simples oblatos, a los escolásticos, y el de hermanos conversos a los hermanos.

Los hermanos estaban encargados de las tareas domésticas para el bien común de la Sociedad y de la Iglesia. Sin embargo, no eran considerados como servidores, sino “como verdaderos hijos de la Congregación” (C y R 1928, art. 772, traducción de 1930). Los candidatos clérigos eran llamados también “hijos”, la expresión no revestía carácter ninguno de condescendencia. En contra de la práctica corriente en otros institutos, debían compartir el mismo refectorio y tomar parte, en la medida en que lo permitían sus tareas y su educación, en los mismos ejercicios que el resto de la comunidad. En las comunidades más numerosas, sin embargo, fue práctica usual hasta el fin del Vaticano II que los hermanos tuvieran su mesa propia en el refectorio y su sala de recreo aparte. Por razón de sus diversas tareas, estaban exentos del rezo del Oficio Divino que se hacía en común y en latín, pero ellos debían beneficiarse de los frutos de esa “obra” de la Congregación, rezando cierto número de padrenuestros, avemarías y glorias por cada hora del Oficio.

El hábito religioso de los padres y de los escolásticos era la sotana tal como la llevaba el clero diocesano, pero generalmente sin el alzacuello del clero francés. Los hermanos debían, según las Constituciones y cuando su trabajo se lo permitía, llevar un hábito más corto, la sotanilla. Parece que, de hecho, en muchos lugares los hermanos llevaban los hábitos seglares ordinarios. Había varias razones para ello, entre otras el temor de que los laicos los tomaran por sacerdotes y también la opresión ejercida en varias ocasiones por el gobierno francés contra los institutos religiosos. Desde los comienzos del Instituto, los sacerdotes llevaron al cuello una cruz grande como signo de su misión. Los sacerdotes y los escolásticos recibían esa cruz en el momento de su oblación, que al principio de la Congregación era siempre perpetua. Los sacerdotes hacían esa oblación al final del noviciado y los escolásticos justo antes del subdiaconado. Al no ser misioneros, los hermanos recibían como parte de su hábito una cruz pequeña en su primera oblación y un crucifijo pequeño en la oblación perpetua.

Al comienzo de la Congregación los hermanos hacían la primera oblación por un año y luego otra por cinco años antes de la oblación perpetua. En el decurso de los años hubo varios cambios sobre esto. Las Constituciones de 1928 precisaron que los hermanos harían votos anuales durante tres años y luego votos por tres años antes de los votos perpetuos que debían hacerse seis años después del noviciado. Como en el siglo XIX en Francia los hermanos estaban obligados al servicio militar, no se les permitía hacer la primera oblación hasta cumplir los 21 años.

En cada casa debía haber un sacerdote nombrado prefecto espiritual de los hermanos; después de su primera oblación, pasaban a estar bajo la responsabilidad de ese prefecto que debía velar por la observancia religiosa y por la formación espiritual. La distribución y supervisión del trabajo correspondían al ecónomo local.

Eugenio de Mazenod y los hermanos

Hubo dos candidatos a la vida de hermanos antes de la aprobación papal de 1826, pero no perseveraron. Cuando estuvo en Roma para procurar la aprobación de las Constituciones y de la Congregación por el papa León XII, halló hospitalidad con los Lazaristas de la iglesia de San Silvestre. Allí estuvo en contacto cotidiano con los hermanos de aquella comunidad. Quedó tan hondamente impresionado por la calidad de aquellos hombres, que se lamentó en su carta de 28 y 29 de enero de 1826 ante el padre Tempier de que los Oblatos no hubieran tenido todavía hombres como los preciosos hermanos alemanes con los que vivía.

Algunos años después, cuando se dio cuenta de que se exigía demasiado trabajo a los hermanos con detrimento de su vida espiritual, Eugenio no dudó en reprender a quienes en la práctica no hacían bastante caso de la vida religiosa de los hermanos y de su necesidad de consagrar tiempo a la oración y a los otros ejercicios espirituales.

El padre de Mazenod escogió a San José, a quien consideraba patrono principal de la Congregación, como patrono especial de los hermanos. Esa elección era más significativa por cuanto se desmarcaba de la costumbre, que existía en muchos otros institutos, de tomar a Santa Marta como patrona de los hermanos.

Donde Eugenio de Mazenod mostró claramente su actitud para con los hermanos, fue en una carta al padre Florent Vandenberghe, el 6 de diciembre de 1852, a propósito de un postulante: “Es un hombre de buena voluntad, capaz de los mayores sacrificios por Dios, por quien abandona todas las ventajas que podía encontrar en el mundo […] Se lo advierto para que usted no se equivoque con él. Se trata de formarle para la vida religiosa, de desarrollar en él el germen de las virtudes que Dios ha puesto en su corazón con una honda buena voluntad y una entrega perfecta. Haga de él un buen religioso, y no le pida más que aquello que es capaz de hacer y para lo que es apto […] Podrá quizás alguien fuera del noviciado quejarse de que no le ponemos la pala en las manos, pero de nuevo le digo que no se lo mando para eso” (en Ecrits Oblats, I, t. 11, p. 108s).

La integración de los hermanos en la misión de la Congregación

La aceptación de las misiones extranjeras en 1841abrió un campo del todo nuevo no solo a los sacerdotes, sino especialmente a los hermanos. En aquel momento no había más que 9 hermanos profesos en la Congregación; pero dos de ellos debían formar parte del primer grupo de seis oblatos que iban a salir para el Canadá. Los hermanos, que hasta entonces solo habían cumplido las tareas tradicionales que se les asignaban en los institutos religiosos, pronto iban a ser también maestros y catequistas en Canadá, en Inglaterra e Irlanda, en Estados Unidos, en África del Sur y muy especialmente en Ceilán (Sri Lanka). Antes incluso de que la revisión de las Constituciones de 1853 reconociera jurídicamente ese nuevo apostolado, Mons. de Mazenod hablaba en su correspondencia de los hermanos catequistas. El Capítulo de 1850 modificó el primer artículo de las Constituciones sobre los hermanos introduciendo estas palabras: “e incluso a la instrucción de los niños pobres, si se juzga oportuno” (traducción de 1910, nº 797). Entre 1841 y 1861 más de 25 hermanos daban clase o catecismo en las misiones: en Canadá, en Ceilán, en Inglaterra y en Africa del Sur. Dos hermanos estaban nombrados como vigilantes en el seminario menor de Vico. En 1859 el personal del reformatorio de Glencree estaba ya constituido principalmente por hermanos. En 1862 había dos sacerdotes y catorce hermanos asignados a esa institución.

En 1853, una vez aprobada la revisión de las Constituciones y Reglas por la Santa Sede, se publicaban éstas llevando como anexo la Instrucción sobre las misiones extranjeras del Fundador. En esa instrucción se decía que en las misiones donde solo residiera uno de los nuestros, el vicario de misiones proveería para que un hermano acompañara al padre designado para ese puesto, y que los hermanos iniciados en distintos oficios podrían no solo ayudar sino también remplazar a los padres para instruir a la gente en ese campo.

Aunque las Constituciones de 1853 abrían oficialmente a los hermanos el campo del apostolado de la enseñanza, con eso no se cubría la necesidad de enseñantes. En varias misiones oblatas, el inglés era la lengua de enseñanza; por eso los hermanos de lengua inglesa de Irlanda eran especialmente solicitados. Simplemente no había bastantes hermanos, o por lo menos no había bastantes hermanos aptos para la enseñanza. En los siguientes capítulos generales se planteó la cuestión de modo regular y bajo diversas formas. En las misiones, las escuelas, cuando las había, eran pocas; había mucha necesidad de fundar otras y de ampliar las que existían, Para responder a esa necesidad, se propuso en varios Capítulos crear , dentro de la Congregación, una categoría distinta de hermanos dedicados a la enseñanza. Se aprobó la idea de reclutar y de formar más hermanos para la enseñanza, pero se rechazó siempre la de crear una categoría distinta de hermanos. Un Capítulo general aprobó la creación, que nunca se ha realizado, de un juniorado destinado a la formación de hermanos de enseñanza. Aun cuando el número de hermanos destinados a la enseñanza fue siempre una minoría, la orientación oficial de la Congregación siguió lo mismo: se formará a hermanos para la enseñanza para responder a las necesidades, sobre todo en las misiones, pero sin constituir una categoría distinta de hermanos. Así se respetaba el principio de Eugenio de Mazenod de que cada persona se emplee según sus talentos y según las necesidades de la Iglesia y de la Congregación.

Encontramos la misma actitud en el padre Luis Soullier, superior general, que escribió en el acta de visita de la Provincia británica en 1893: “Nuestro principio de gobierno es que las personas sean empleadas según sus aptitudes. Lo mismo que en el campo sacerdotal, unos tiene más aptitud para la predicación y otros para la enseñanza – diferencia que con gusto tomamos en cuenta sin que por eso establezcamos categorías entre nuestros padres – así en el grupo laical, unos tienen más aptitud para la pedagogía y otros para los trabajos manuales, lo cual nos permite atender a las diversas necesidades sin crear distinciones honoríficas o situaciones privilegiadas” (Citado por LAROSE, Juan María, “La place des Frères coadjuteurs dans la Congrégation” Etudes Obl., 1965, p. 142).

Parece seguro que los únicos limites asignados al trabajo que podían hacer los hermanos estaban fijados por sus propios talentos y por las necesidades del momento. Tendríamos la prueba en el proyecto, no realizado, formado en 1849 por dos hermanos de Oregón, de marchar con seis caballos para hacer una prospección en California en busca de oro a fin de sostener su pobre misión. Todo intento de componer la historia del trabajo y de las realizaciones de los hermanos, no solo rebasaría los límites de este artículo, sino que fracasaría por omitir hechos y gestos poco conocidos y sin embargo importantes de muchos apóstoles escondidos.

En las Constituciones y Reglas de 1928 el primer artículo sobre los hermanos fue colocado en el primer capítulo. La última parte del artículo se modificó para leerse de esta forma: “[…] mientras se consagran a los trabajos propios de los hermanos conversos, o incluso prestan su cooperación a los misioneros según juzguen oportuno los superiores” (art. 9). Con esta formulación más sutil se reconocía que los hermanos de enseñanza constituían una minoría pero, al mismo tiempo, se abría el campo a otras ocupaciones que no exigían la ordenación. Se eliminaba la idea de que los hermanos no tenían los conocimientos necesarios para ser misioneros, porque no era ese el caso y porque la idea misma repugnaba.

La formación

Mientras que había normas para la preparación de los escolásticos con vistas al ministerio, no las había para los hermanos, aparte de la necesidad del noviciado y de la ley universal o particular que regía su formación para el trabajo. Algunas provincias mayores, como las de Canadá y de Alemania, poseían muy buenos programas que se llevaban a cabo concienzudamente. Pero esto no era, por desgracia, lo usual en cierto número de provincias más pequeñas y de las misiones extranjeras. Hay que deplorar el hecho de que algunas decisiones tomadas por los Capítulos hayan quedado sin efecto ante la dura realidad de la escasez de hermanos y de falta de ocasiones para ellos de adquirir una formación adecuada.

Ampliación de la función apostólica – Misioneros

Convocado unos meses después del concilio Vaticano II, el Capítulo de 1966 trazó por primera vez un cuadro completo del campo de los trabajos apostólicos que se abría a los hermanos. En las Constituciones y Reglas ad experimentum de 1966 se decía claramente que los sacerdotes y los hermanos forman una sola comunidad apostólica; lo cual ejerció gran influencia en la evolución y la comprensión del papel de los hermanos en la Congregación:
[…] Ésta agrupa sacerdotes con laicos, comprometidos con los mismos votos de religión, que, viviendo juntos como hermanos y cooperando íntimamente en Cristo Salvador, se consagran principalmente a la evangelización de los pobres” (C 1)
[…] trabajan unánimes – sacerdotes y laicos – cada uno según su ministerio o su función , en la promoción del Reino de Dios” (C 5)
[Los hermanos] pueden también tomar parte en ciertas tareas pastorales como la catequesis, la enseñanza, la educación, las obras sociales y cumplir ciertas funciones conformes con su estado en la asamblea litúrgica” (R 17).
“Solidarios con su comunidad, colaboran también en la vida y en la misión de su casa asumiendo los servicios que se les confían conforme a sus aptitudes, ya sean manuales, ya técnicos, ya intelectuales” (R 18).

Las Constituciones de 1982, rompiendo la tradición, no nombran o describen las diversas obras apostólicas. La obra de la Congregación se describe en forma general como la evangelización de los pobres sin hacer mención de los ministerios específicos de los sacerdotes y de los hermanos.:
“La Congregación […] reúne en comunidades apostólicas a sacerdotes y hermanos que se ligan con Dios con los votos de religión. Cooperando con Cristo Salvador e imitando su ejemplo, se consagran principalmente a la evangelización de los pobres” (C 1).
“Los Oblatos, sacerdotes y hermanos, tienen responsabilidades complementarias en la obra de la evangelización. Lo intentan todo para suscitar o despertar la fe de aquellos a quienes son enviados, haciéndoles descubrir ‘quién es Cristo’. Están siempre dispuestos a responder a las necesidades más urgentes de la Iglesia mediante varias formas de testimonios y ministerios, pero sobre todo por la proclamación de la Palabra de Dios que encuentra su culminación en la celebración de los sacramentos y en el servicio del prójimo” (C 7).

Hay que notar que desde el Vaticano II el término “misionero” designa a los religiosos y a los laicos así como a los sacerdotes (Ad Gentes, nº 23). Uso que ha sido confirmado por el código de Derecho Canónico (can. 781 y 784). Con todo, sería temerario y engañoso interpretar esta palabra, que se ha adoptado en el sentido más restringido que se le daba en el pasado, según nuestro modo de entenderla hoy, por ejemplo no incluyendo en el vocablo “Misioneros” que está en el título de la Congregación el sacerdocio y el ministerio ordenado que pertenecen a la naturaleza misma de la Congregación fundada por Eugenio de Mazenod.

Otras innovaciones a raíz del Vaticano II – La oblación

Ya no se hace mención en las Constituciones de un prefecto espiritual para los hermanos. Las de 1982 establecen por primera vez normas uniformes para la duración de los votos temporales de todos los oblatos, sacerdotes, escolásticos y laicos. Todos deben hacer votos anuales durante al menos tres años antes de la oblación perpetua. Al no precisarse una edad mínima, nos atenemos a la norma del derecho canónico: 18 y 21 años, respectivamente para los primeros votos y para los perpetuos (can. 656, 1 y 658, 2).

Las Constituciones anteriores exigían, según el código de derecho canónico de 1917, que hubiera noviciados separados para las diferentes categorías de religiosos (cf. can. 558 del C.I.C de 1917). Un religioso que pasaba de una categoría a otra debía hacer otro noviciado, a no ser que medie un indulto de la Santa Sede. Este reglamento fue abolido por Pablo VI en 1969 (cf. Renovationis causam. Nº 27).

El hábito

Igualmente, las Constituciones de 1982 ya no hacen distinción entre las diversas categorías de oblatos en cuanto al hábito: “El hábito de los Oblatos es el de los clérigos de la diócesis en que se encuentran. Su único signo distintivo, cuando llevan la sotana, es la cruz oblata” (C 64).

¿Debe haber diferencia de tamaño entre la cruz de los padres y la de los hermanos? Parece que según el espíritu de las Constituciones (cf. C 71) todos los Oblatos deben tener cruces del mismo tamaño, a no ser que haya dificultades de orden pastoral para los fieles. En ese caso las exigencias del ministerio estarían a favor de mantener la diferencia. Sin embargo, muchos hermanos preferirán llevar la cruz más pequeña que recibieron el día de su oblación, de acuerdo con el artículo 63 de las Constituciones.

El gobierno

Hasta 1966 los hermanos no tenían ningún papel activo que desempeñar en el gobierno de la Congregación, de las provincias y de las casas. El Capítulo de 1966 concedió a los hermanos profesos perpetuos el derecho de votar para los delegados al Capítulo general y de participar en la consulta para la elección del provincial. Estableció también que un hermano podría ser nombrado tesorero. El padre León Deschâtelets, superior general, invitó al Capítulo de 1972 a seis hermanos, a los que el Capítulo otorgó derecho a votar. Entre las numerosas decisiones tomadas por ese Capítulo encontramos éstas: para los futuros Capítulos se nombrará al menos a seis hermanos capitulares con derecho a voto; los hermanos con votos perpetuos obtenían voz activa y pasiva, quedando a salvo las condiciones requeridas por el derecho para ciertos cargos; los hermanos podrían ser asistentes locales, consultores provinciales y miembros del consejo general; los hermanos de votos perpetuos podrían ser nombrados, con indulto de la Santa Sede, superiores locales. Según las Constituciones de 1982, los superiores y sus vicarios y remplazantes deben ser sacerdotes (cf. C 82), pero “un hermano de votos perpetuos puede, en ciertas circunstancias y con el indulto necesario, ser nombrado superior de una comunidad local” (R 90). Los hermanos con votos temporales obtenían también voz consultiva en ciertos casos. El Capítulo de 1986 determinó que los hermanos de una región serían consultados antes de que uno de ellos fuera nombrado capitular, que una región con más de 200 hermanos tendría dos hermanos nombrados capitulares y que las que las que tengan más de 300 tendrían tres.

El diaconado permanente

El Capítulo general de 1872 fue favorable a la introducción del diaconado permanente para los hermanos “convenientemente cualificados” (Las estructuras administrativas, nº 40). El de 1980 se expresó con mayor precisión al respecto: “Si tras un discernimiento espiritual adecuado y para responder a necesidades apostólicas, un hermano de votos perpetuos descubre que el Señor le llama al diaconado permanente o al sacerdocio, tocará al Provincial en consejo aceptarlo como candidato, después de haber recibido la autorización del Superior general en consejo” (R 67).

Los hermanos que son diáconos permanentes, aunque son clérigos, pertenecen siempre, en el interior de la Congregación, a la categoría de los hermanos y no a la de los clérigos. No pueden, en consecuencia, ser nombrados superiores, vicarios o remplazantes de un superior, sin un indulto de la Santa Sede (cf. C 82; R 90); sin embargo, pueden, en cuanto hermanos, ser invitados al Capítulo general por el superior general como capitulares (cf. R 112).

Conclusión

En su informe sobre el estado de la Congregación en el Capítulo de 1980, el padre Jetté, superior general, dice:
“Los hermanos siempre han sido para la Congregación un elemento importante de su vida y de su acción. La Congregación estaría incompleta sin ellos. Uno puede tener la vocación de religioso misionero de los pobres según el carisma oblato, sin sentirse llamado al sacerdocio. A estos hermanos misioneros y oblatos las Provincias deben asegurarles una formación humana y religiosa, pastoral o profesional adecuada, que respete su vocación propia y que prevea, para ellos como para los padres, medios de reciclaje y de crecimiento integral” (A.A.G. (1980) p. 25, nº 39).

Seis años después, en su informe al Capítulo de 1986, el padre Jetté habló también de los hermanos y de su papel especifico en la vida de la Congregación:
“Respetar y promover la vocación del hermano oblato en su especifidad propia, como religioso misionero, y no tratar de hacer de él un diácono o un sacerdote, a no ser que se dé un nuevo llamamiento, sometido a un serio discernimiento (R 67). La vocación del hermano es una vocación completa por sí misma. Se define de manera positiva como la vocación de un cristiano a hacerse religioso oblato, misionero de los pobres, y no de manera negativa como la vocación de un oblato que no está llamado al sacerdocio.
“[…] Evitar presentar a la Congregación con el título de ‘Congregación de los Padres Oblatos’ como si no estuviera constituida más que por sacerdotes.

“Históricamente, en la Congregación, los hermanos han tenido y siguen teniendo un papel importante, tanto para el mantenimiento de la vida religiosa como para la irradiación de la actividad misionera. Este papel del hermano está llamado a desarrollarse todavía más con el incremento del papel del laicado en la Iglesia y con la profundización del estudio de los ‘ministerios’. Por ejemplo, en la regla 3 donde se dice que ‘sus servicios de orden técnico, profesional o pastoral les ofrecen a menudo la ocasión de ejercer un ministerio fructuoso…’ ¿no sería más justo decir ‘constituyen su ministerio propio en la obra de la evangelización’? Su servicio técnico, profesional o pastoral ¿no se vuelve ‘ministerio’ por el hecho de la misión recibida para desempeñarlo como religioso en la Iglesia?” (A.A.G. (1986) p. 97-98, nº 9 y 10).

WILLIAM H. WOESTMAN, O.M.I.